viernes, 30 de octubre de 2009

Comentarios sobre el libro: Aspectos Civiles de la Restitución Internacional de Personas Menores de Edad (Legal Kidnapping, Abduction o Enlevement)


Hace algunas semanas el magistrado Víctor José Castellanos puso en circulación su libro “Aspectos Civiles de la Restitución Internacional de Personas Menores de Edad (Legal Kidnapping, Abduction o Enlevement)”, el cual adquirí la semana pasada.

Dentro de mi ejercicio profesional el Derecho de Familia ocupa un 95% por ciento de mi tiempo y de ese porciento una gran parte también la he dedicado al tema que tanto me apasiona como la sustracción internacional de menores de edad.

Por eso sentí una gran emoción cuando recibí la invitación a la puesta en circulación de ese libro primero por la calidad intelectual del autor y en segundo lugar porque – hasta donde tengo entendido – es la primera vez que un miembro de nuestra Suprema Corte de Justicia publica un libro relacionado estrictamente sobre un tema de niñez y familia.

El libro me encantó. En primer lugar el Magistrado Castellanos nos introduce al tema sentando un criterio sobre el término correcto a utilizar en los casos de sustracción internacional de niño al rechazar el uso de las expresiones “secuestro, sustracción o protección” que si bien son utilizadas por la mayoría de los Convenios relacionados con el tema no definen “en toda su amplitud el caso y, a su vez denota implicaciones penales, como hemos dicho; la segunda, la sustracción, de igual modo, aparenta ser un tipo penal y sólo apunta hacia el acto reprochable; sin embargo, justo es reconocer que es la usada en gran parte de los instrumentos internacionales, pero, aún así, a nuestro modo de pensar, resulta desacertada, ya que, en realidad no existe un secuestro en el sentido jurídico de la palabra, sino un desplazamiento ilícito de la guarda o una burla a la autoridad parental.” Por estas razones que no descartamos, el Magistrado Castellanos entiende que la expresión más adecuada para estos casos es la utilizada por la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores que es “restitución”.

El Magistrado Castellanos inicia por los caminos del derecho de las personas y la familia cuando nos habla sobre la personalidad, la persona y capacidad, la persona menor de edad como sujeto de derecho, así como también hace un recuento muy interesante e importante sobre las reformas administrativas, legislativas y judiciales en nuestro país relacionadas con la niñez y la adolescencia.

Desmenuza los contenidos de la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, la Convención Interamericana sobre Restitución de Menores y la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores, sin dejar de abordar el interés superior del niño y analizar los conceptos relacionados con los traslados y retenciones ilícitas, el derecho de guarda, el derecho de visita y la autoridad parental.

Finalmente, el Magistrado Castellanos nos regala una cantidad de documentos relacionados con el tema como las Convenciones que analiza, a parte de otras convenciones y documentos importantes relacionadas con la niñez, como por ejemplo la Resolución 480-2008 de la Suprema Corte de Justicia que reglamenta el procedimiento a aplicar en los casos del Convenio de La Haya sobre Sustracción Internacional de Menores.

Definitivamente que este libro constituye un gran aporte para todos los interesados en temas legales relacionados con la niñez y la adolescencia de nuestro país y del extranjero y especialmente para aquellos/as apasionados/as con el tema de la sustracción o mejor dicho restitución internacional de personas menores de edad.

lunes, 26 de octubre de 2009

Agradecimiento


Hoy me siento agradecida y quiero expresarlo.

Hace varios años adopté una nueva forma de vida. Esa nueva forma de vida me llevó a un cambio de actitud. No fue ni es automática. No es que soy otra persona, pero trato de ser una mejor persona. Trato de llevar ese cambio de actitud cada día y trato cada día de recordar algunos principios que son fundamentales para mí, entre ellos el agradecimiento.

Agradecimiento ante todo a Dios. Soy creyente en Dios y creo que todo en la vida pasa por alguna razón. Como dicen por ahí: creo en las diosidencias no en las coincidencias. Tengo una persona a quien quiero mucho y a quien le agradezco sus constantes enseñanzas que me dijo: "recuerda siempre agradecer a Dios por todo lo que te pasa, para que permanezcas humilde." Siempre recuerdo eso, porque ese acto de agradecimiento me recuerda mantener los pies en la tierra y no dejo que el ego me llegue al cielo y me nuble la vista y el pensamiento.

Agradecimiento por lo que tengo. Lo que tengo en el día de hoy es justo lo que necesito por hoy.

Agradecimiento por mis hijas. El ser madre es una verdadera batalla que no permite descanso. Hay que estar en constante vigilia, corrección, pero también saber disfrutar los momentos agradables. Una vez le pregunte a una amiga-psicóloga que me dijo que a mi "no se me podía ir una" con relación a mis hijas y yo le dije: "entonces, voy a tener que estar como un catcher, aparando todas las bolas!". Sí, me dijo ella. Entonces siempre me imagino como ese catcher agachado esperando las bolas para que no se me vayan. Jajajajajaja!

El famoso balance también es necesario en el ser madre. (Me imagino que en el ser padre también).

Aveces quiero tirar la toalla y creo que el constante disciplinar no va a terminar y nunca voy a ver los "frutos de esa disciplina" (que hasta para mí misma es difícil!), me desespero, pero gracias a Dios, todo pasa.

No sé si hoy estoy disfrutando de esos días donde mis hijas están como yo quisiera que estén todos los días (que es imposible, porque ni yo misma estoy "bien" todos los dias! jajajaja): Hicieron sus tareas, estudiaron lo que tenían que estudiar y están tranquilas! ufff! What a relief!!!

Me es difícil ponerles límites. Claro, es más fácil complacer y complacer. Pero tengo que ver más allá del día de hoy.

La semana pasada escuché a Ana María Pellerano en una charla que impartió sobre el libro "Los 7 hábitos de las familias altamente eficaces" (de Stephen R. Convey). Ella es madre de cinco hijos y dijo que a veces cuando no sabe qué decidir con respecto a cualquier decisión sobre sus hijos, ella se pregunta: Esto que yo permita ahora ¿cómo va a repercutir mañana?

Después que escuché eso, trato también de preguntármelo.

En fin. Quería compartir esto que para mi es bueno, positivo, porque las cosas buenas también hay que compartirlas.

lunes, 19 de octubre de 2009

No doy un centavo más a los niños y las niñas de la calle


No es un tema nuevo en el país, pero percibo que en los últimos años se ha incrementado la cantidad de niños y niñas, especialmente de origen o descendencia haitiana que piden en las calles de nuestras ciudades.

Había escuchado y creo que lo he leído en la prensa también sobre redes que existen que se encargan de "repartir" niños y niñas en puntos claves de la ciudad, de mucho tráfico, a pedir dinero, limpiar vidrios, vender flores, entre otras cosas probablemente.

Son niños y niñas, como dije al principio, en su gran mayoría haitianos. Me he dado cuenta porque hablo con ellos/as, les noto el acento y aveces o no me entienden o yo no los entiendo a ellos/as.

Pero lo que se entiende en cualquier idioma es el abuso de los cuales están siendo víctimas.

Analizando desde hace tiempo ese tema, incluso con personas que han visto a vehículos repartir o recoger esos niños y niñas de nuestras calles, decidí no dar un centavo más a ninguno de esos niños y niñas, porque son utilizados por adultos que los obligan a realizar ese "oficio" y esos adultos son los que reciben el "producto" o recaudación de su "trabajo".

Entonces mientras más dinero les de a esos niños y niñas, estaré apoyando el tráfico y el abuso contra ellos y ellas.

Todos los niños y niñas que se encuentren en nuestro país deben ser protegidos contra el abuso. (El Principio I del Código de Niños, Niñas y Adolescentes - Ley 136-03 - establece que tiene por objeto garantizar a todos los niños y niñas que se encuentren en territorio dominicano el disfrute pleno y efectivo de sus derechos).

Hace como una semana aproximadamente, mientras transitaba sur-norte en la Avenida Winston Churchill, frente al Multicentro Churchill, acompañada de mi amiga Claudia Lama (quien iba manejando) se acerca un niño y nos toca el vidrio. Yo le dije a Claudia: No le des nada. ¿Por qué? me preguntó Claudia. Y le explico que es una red que se encarga de "repartir" esos niños y niñas por la ciudad y que yo no iba a apoyar esa explotación. Claudia bajó el vidrio y le preguntó al niño: Mi hijo y la gente que te trae aquí ¿no te dan comida?. El niño dijo que no con la cabeza. Yo le pregunté ¿dónde están los que te traen?. El niño señaló hacia la esquina. (Luego otra amiga me dice que a esos niños y niñas los vigilan por si alguien los/as golpea y entonces ellos agreden a quienes golpeen los niños y niñas).

Como el gobierno, el Estado, no ha hecho nada para parar o prevenir esa probemática (si lo ha hecho, pues no me he enterado) creo que nostros y nosotras debemos actuar y no dar un centavo más a estos niños y niñas, no por ellos, sino por sus verdugos o verdugas. Lo que sí hago es que si ando con agua o una galletica, se lo doy, pero ni un centavo más de mi bolsillo les daré.

Ojalá se hiciera o una campaña publicitaria en ese sentido o de alguna u otra forma ponernos de acuerdo y concientizar a la ciudadanía para parar ese tráfico y explotación de niños y niñas en nuestro país.

viernes, 9 de octubre de 2009

Un día cualquiera en un Juzgado de Paz


Estuve en una audiencia en conciliación por ante el Fiscalizador del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional. Estaba tratando un caso de pensión alimentaria. No habían muchas personas esperando al Fiscalizador. Entre las partes y los/as abogados/as eramos aproximadamente cinco o seis personas.

De repente se llenan los tres o cuatro asientos que hay y le digo a una joven que me diera un lado. Ella en realidad me comenzó a dar un espacio antes de pedírselo. Me parecía muy joven. Le pregunté si ella tenía cita hoy o si estaba poniendo querella por pensión. Me dijo que estaba poniendo una querella.

Me dijo que tenía una bebé de un año, que su marido la botó de la casa, que vive con su mamá y sus hermanas. Vive en Villa Consuelo. Que su marido (de casi 50 años de edad) le vive dando golpes en la calle a cada rato. Ella le dice: "Fulano, deja de hacerme eso". El hombre también le dice que ella no tiene derecho a recibir pensión porque ella "no aporta nada".

Una amiga que estaba conmigo le preguntó cuántos años tenía. La joven respondió: 16 años.

Dijo que casi no pudo dar a luz. Tenía 15 años cuando nació su hija.

Le pregunté si el padre de la niña la había declarado. Me dijo que no. Le pregunté si ella declaró a su hija. Me dijo que no tampoco, porque ella no está declarada, ni su mamá (o sea la abuela materna) tampoco, ni sus tres hermanas tampoco.

Que ella estuvo estudiando en la escuela, pero que a mitad de año escolar la sacaron porque no tenía acta de nacimiento.

Nos comentó también que su mamá le dijo que no le pusiera querella al padre de la niña porque le hace daño a ella (o sea a la mamá) porque el hombre le compra cervezas y si le pone la querella ya no le va a comprar más.

Ella sin embargo estaba decidida a poner la querella por la pensión alimentaria para su hija y también ponerle una querella por violencia contra la mujer.

Todo este drama en aproximadamente dos horas en una sala de espera de un Juzgado de Paz.

Entre todos los temas que podemos sacar y debatir de ese caso ¿dónde está el derecho a la educación de esa joven? Porque por lo menos, ya que ha pasado y está pasando por todo esto, por lo menos que pueda estudiar y poder comenzar a romper con el círculo de pobreza.

¿Dónde queda el artículo 45, párrafo II de la ley 136-03?: "En ningún caso podrá negarse la educación a los niños, niñas y adolescentes alegando razones como: la ausencia de los padres, representantes o responsables, la carencia de documentos de identidad o recursos económicos o cualquier otra causa que vulnere sus derechos."

Mientras tanto las autoridades, incluyendo nuestros/as legisladores/as (que tanta agua de beber nos han dado), siguen como si nada estuviera pasando, pintándo no sé dónde un país y una realidad que no existe y "luchan" por sacar una "súper Constitución" que nos "garanticen todos los derechos", como si esa fuera la solución a los problemas que enfrentan a esta sociedad.





lunes, 5 de octubre de 2009

Nuevo reto de la Suprema Corte de E.U. con relación a los adolescentes en conflicto con la ley penal


La Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica se reunirá a partir de hoy para el período 2009-2010, teniendo en carpeta cinco casos considerados como los más importantes.

Uno de los casos a mantener el ojo es Graham v. Florida / Sullivan v. Florida, en el que se alega la Octava Enmienda de la Constitución de los E.U. que prohíbe el castigo cruel e inusual.

Copio textualmente de la noticia publicada:

"En Sullivan, el autor tenía 13 años cuando fue acusado como adulto y sentenciado a cadena perpetua sin libertad condicional en la Florida por asalto sexual de una mujer de edad avanzada.

En Graham, un joven de 19 años de edad, violó su libertad condicional por intento de robo a mano armada, mientras que en libertad condicional por dos intentos previos de robo que había cometido cuando era menor de edad. Él también fue condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.

Al tomar su decisión, el tribunal revisará su lógica del 2005 de Roper v. Simmons, que sostiene que los individuos no pueden ser condenados a muerte por delitos cometidos por menores de 18 años, porque el tribunal decidió que los menores tenían una "falta de madurez. " Los peticionarios en Graham y Sullivan están discutiendo de una norma similar para sus delitos no capital."

Será interesante ver cómo fallará la Suprema Corte sobre este caso y si los demandantes lograrán que sea considerado como cruel e inusual el hecho de condenar a cadena perpetua a los adolescentes en conflicto con la ley penal.

Es importante recordar que los Estados Unidos de Norteamérica no ha ratificado la Convención de los Derechos del Niño, por lo que la forma de juzgar a los menores de edad en conflicto con la ley difieren por completo de casi el resto del mundo.

sábado, 3 de octubre de 2009

"Tug of war" o el juego de la soga


Cuando comencé a trabajar con temas relacionados con el derecho de familia, el primer caso que llegó a mis manos fue sobre una madre dominicana que estaba en proceso de divorcio en los Estados Unidos de su entonces esposo un ciudadano boliviano.

La señora en medio del proceso de divorcio y con una prohibición de la corte norteamericana de salir del Estado donde vivían, salió de dicho país con su hijo pequeño y se vino a la República Dominicana. La señora alegó violencia doméstica, entre otros asuntos, para excusar su violación o desobediencia a la sentencia de corte norteamericana. Luego del traslado ilícito de la madre, la corte otorgó la guarda del niño a su padre y ordenó el regreso del niño a los Estados Unidos de Norteamérica.

Solicité la homologación o el exequátur de la sentencia americana en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional. En ese procedimiento de homologación o exequátur, no se argumenta el fondo de la demanda sino que el tribunal revisa si se llevaron a cabo algunos aspectos en el tribunal extranjero, como por ejemplo el respeto al debido proceso y al derecho de defensa.

El tribunal rechazó en primera instancia la homologación de la sentencia nortamericana. Apelé el caso y la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes revocó la sentencia, homologó la sentencia extranjera la cual adquirió fuerza ejecutoria como si hubiese sido dictada por un tribunal dominicano.

Ahí vino lo más difícil. Ejecutar esa sentencia. Que la madre entregara al niño y éste regresara con su padre hacia los Estados Unidos.

La ejecución fue un poco traumática, como generalmente ocurre en estos casos, porque hay una parte que no quiere entregar a su hijo o hija y otra parte que quiere que le entreguen a su hijo o hija.

Pero finalmente, el niño retornó a los Estados Unidos con su padre, la madre quedó aquí en el país, aunque creo que eventualmente regresó a dicho país para tratar de recuperar a su hijo o por lo menos tener contacto con él.

Recuerdo que la señora me decía en las audiencias: "Usted no parece una madre!" (porque entendía que debía identificarme con ella y apoyar su accionar). Lo que le dije (que tal vez no debí responder): "precisamente por ser una madre es que estoy haciendo esto". Le quise decir que por ser madre precisamente no tenía derecho separar mis hijas de su padre.

Ese fue mi primer caso de sustracción internacional de menores. Luego de ahí llegaron algunos casos más, siempre cargados de emociones, tardanzas de los tribunales, tristezas, alegrías y en fin, todas las emociones juntas. Eventualmente seguiré contando estas anecdotas, que de verdad parecen de película.

Desde ese momento quedé "enganchada" con el tema de la sustracción internacional de niños por parte de uno de sus padres.

El término "tug of war" o el juego de la soga, como ustedes se imaginará, es el juego que con una soga cada quien va halando para su lado y el que cruce una línea gana. Se pone a prueba la fuerza de cada quien, la resistencia. Y ese término se relaciona con los casos de guarda cuando cada una de las partes mantiene firme su posición y no cede ni una pizca. La soga la relaciono con los niños y niñas envueltos en estos casos. Son los que están en el medio y cada uno de los padres halando para ver con quién se queda. Los padres se cansan (de tanto halar) pero los niños y las niñas son los y las que sufren los apretones y jalones.

Los/as invito a leer (via http://twitter.com/DivorceNews) un caso de sustracción internacional de un padre americano cuya ex-esposa japonesa se llevó sus hijos al Japón.